miércoles, 21 de octubre de 2009

MEDICINA LEGAL




Hola a todos mis queridos amigos, aqui les dejo algo de informacion de medicina legal es el primer tema faltan algunas cosas pero la mayor parte de la informacion esta aqui saludos para todos.....

                                                TEMA 1
Medicina legal: Concepto, definición. Fundamento y razón de su existencia. Alcance: política, ético-social, económico. Relación con otras disciplinas. Clasificación y división de la materia. Síntesis histórica. La Medicina Legal en Venezuela.

Medicina legal Concepto. Es la especialidad médica que reúne los conocimientos de la medicina que son útiles para la administración de justicia para dilucidar o resolver problemas civiles, penales o administrativos y para cooperar en la formulación de leyes.

CONCEPTO DE MEDICINA LEGAL

Se puede definir como la especialidad médica que reúne todos los conocimientos de la medicina que son útiles a la administración de justicia.

En palabras del maestro argentino Nerio Rojas, "Es una ciencia que sirve de unión a la medicina con el derecho y, recíprocamente, aplica a una y otra la luces de los conocimientos médicos y jurídicos

CONCEPTO PENAL DE MEDICINA LEGAL

La verificación de la muerte real y sus causas, la discriminación del agente productor de lesiones y la valoración de sus consecuencias; la estimación de la edad; el estudio del psiquismo de un delincuente, etc., son asuntos cuya sola enumeración justifica la amplitud del sector penal en la materia.

Definición. Es la rama de la medicina que efectúa el estudio teórico y práctico de los conocimientos médicos y biológicos necesarios para la resolución de problemas jurídicos, administrativos, canónicos, militares o previsionales, con aplicación en dichas cuestiones. El OBJETIVO DE LA MEDICINA LEGAL ES EL ASESORAMIENTO SOBRE CUESTIONES TEORICAS Y PRACTICAS REFERIDAS A CASOS CONCRETOS PLANTEADOS EN EL AMBITO JURIDICO (fueros penal, civil, del trabajo o de menores), ADMINISTRATIVO, DEL DERECHO CANONICO (cuestiones de nulidad matrimonial), MILITAR pensiones de guerra, aptitudes psicofísicas o reclutamiento) Y EN ASPECTOS PREVISIONALES

División de la medicina legal

Problemas de carácter penal: La muerte real y sus causas ; diferencia entre muerte súbita y violenta, y causas mas frecuentes de ambas; autopsia medico, reconocimiento y determinación de lesiones y su clasificación; técnica para el reconocimiento en delitos sexuales, con sus secuelas inmediatas o mediatas; estudio del recién nacido o del emergido muerto; conceptos generales de psiquiatría forense e información sintética sobre el examen de productos biológicos, manchas, etc., y métodos de identificación.

En el campo Civil: Las actividades médico-forenses se aplican habitualmente a la estimación de la capacidad mental, en los casos de herencias, administración de bienes y validez de diversas actividades del individuo en su vida Civil.

En el sector del trabajo: Sin invadir la patología del mismo o la higiene industrial, resulta particularmente útil conocer la técnica de ajuste- válgase el termino – entre los riesgos profesionales realizados (enfermedades o riesgos de trabajo) y sus consecuencias, valorando éstas, lo que constituye un típico problema médico – forense

OBJETO

La medicina forense tiene por objeto auxiliar al derecho en dos aspectos fundamentales;

Primero toca a las manifestaciones teóricas y doctrinales, básicas cuando el jurista necesita de los conocimientos médicos y biológicos, si se enfrenta a la formulación de alguna norma que se relaciona con estos conocimientos.

Segundo es aplicativo a la labor cotidiana del medico forense, y se comprende fácilmente en sus aplicaciones al derecho penal a través de algunas cifras.

ALCANCE ético-social

La Medicina Legal y Forense constituye en la actualidad, la especialidad médica que tiene por objeto la utilización de los conocimientos médicos, jurídicos, administrativos, éticos y ciencias afines, a la aplicación, desarrollo y perfeccionamiento del Derecho, de la asistencia sanitaria y de la actividad profesional médica.

Los nuevos modelos socioculturales e interacciones jurídico-sanitarias, propios de la progresión social de la comunidad, han determinado que el clásico concepto y finalidad forense de la especialidad haya evolucionado, ampliándose el tratamiento médico-legal de la problemática socio sanitaria derivada, del funcionamiento de los vigentes sistemas de salud e implicaciones éticas, jurídicas y sanitarias, de la prestación de servicios clínico-asistenciales.

Consecuentemente, la actividad y campo de acción de la especialidad de Medicina Legal y Forense ha adicionado a la típica praxis pericial forense, de permanente necesidad en la Administración de Justicia, otras aplicaciones específicas en el ámbito de la Sanidad, vinculadas con la gestión y asesoría técnica de las implicaciones médico-legales inherentes, tanto a la implantación de los nuevos modelos de servicios de atención y cuidados sanitarios del usuario, como las connaturales de la permanente innovación de procedimientos terapéuticos y de la investigación en Medicina.

No obstante los distintos campos de acción de la especialidad, la actividad profesional del especialista en Medicina Legal y Forense, mantiene idéntico método científico de actuación, tanto para el enfoque y resolución de peritaciones ante los Tribunales, como para la asesoría médico-legal en estamentos públicos o privados, y/o la gestión técnica de la problemática médico-legal en Instituciones Sanitarias, ya que tales procedimientos se sustentan en el especial conocimiento de los distintos contenidos doctrinales y aplicación, de las técnicas propias de la especialidad de Medicina Legal y Forense, así como en la destreza profesional adquirida por el especialista para la investigación, análisis, identificación y resolución, de las cuestiones médico-legales planteadas por los respectivos estamentos.

Historia de la medicina legal en Venezuela

La historia de la medicina legal en Venezuela tiene una cronología que data desde los días de Simón Bolívar y los inicios de la Republica misma hasta el presente, con la creación de instituciones públicas y privadas y legislaciones que dan lugar al presente estado de compatibilidad medico-legal. Expuesta a la tecnología de las épocas y los desafíos de los liderazgos políticos, la medicina legal en Venezuela vivió épocas de luminosidad científica y legal, así como momentos de poco esplendor y apatía. Los principales autores de la jurisprudencia médica de Venezuela han impulsado los aspectos legales que rigen la práctica médica en la República Bolivariana de Venezuela del presente. Sin duda, la medicina legal venezolana es producto de la historia y de la cultura de las épocas en que se desarrolló, y expresa los valores predominantes de la práctica médica y legal en el país.

José María Vargas (1786 - 1854) médico y uno de los primeros catedráticos de medicina legal en Venezuela.

Artículo principal: La Colonia (Venezuela)

La cátedra de medicina legal en Venezuela fue incluida por primera vez en la primera universidad fundada en el país, el actual Patrimonio de la Humanidad, la Universidad Central de Venezuela. La Universdiad fue fundada en 1721 como la Universidad de Caracas. La separación de la monarquía española y de la academia religiosa ocurrió en 1826 con el triunfo del movimiento de independencia del país. Simón Bolívar proclamó Estatutos Republicanos en la Universidad para reemplazar la constitución Real que hasta entonces la regía y se cambió el nombre por Universidad Central de Venezuela.

La Medicina Legal fue prevista en los Estatutos Republicanos del Liberador, cuyo artículo 83 establece:

Las clases de Medicina se dividirán por el orden siguiente: primero, una de anatomía general y descriptiva; segundo, una de fisiología e higiene ... tercero, una de nosografía y patología interna o medicina práctica; cuarto, una de nosografía y patología externa o cirugía; quinto, una de terapéutica, materia médica y farmacia; sexto, una de obstetricia o partos; séptimo, una de medicina legal. Además habrá cursos de clínica médica y quirúrgica que darán en los hospitales los respectivos profesores...

RFM v.26 n.2 Caracas jul. 20031

Un poco más adelante, en el artículo 91 se prevé que la Medicina Legal quedará a cargo de los profesores de Clínica Médica y Clínica Quirúrgica:

Clínica Médica y Quirúrgica y Medicina Legal. En estas cátedras se enseñará la clínica médica o la aplicación de los principios teóricos a la práctica. Igualmente la clínica quirúrgica o externa en todos sus ramos;...Los mismos catedráticos darán también lecciones de Medicina Legal, en las épocas que lo exija la distribución de los cursos.

RFM v.26 n.2 Caracas jul. 2003

La antedicha cátedra de medicina legal fue inaugurada por primera vez quince años después de la instauración de los Estatutos Republicanos de la UCV, en el año 1841, figurando conjuntamente con Materia Médica y Terapéutica, con Antonio José Rodríguez como primer catedrático.2 3 Rodríguez sería luego rector de la UCV (1852 - 1855). Otros profesores contemporáneos de la cátedra fueron los doctores José María Vargas y Gregorio Blanco.4

Siglo XIX

La primera revista médica de Venezuela fue escrita por el médico graduado en 1850 de la UCV, Gregorio Eusebio Blanco llamada El Naturalista, publicado a partir de 1857. Blanco mismo ejerce en la Universidad Central de Venezuela las cátedras de Terapéutica y Medicina Legal desde 1864 a 1883. Sus clases de Medicina Legal fueron reunidas en el volumen Lecciones orales de medicina legal: Ajustada á la legislación de los Estados Unidos de Venezuela publicado en 1879.5

El 7 de junio de 1878 se publicó por primera vez en la Gaceta Legal el Código de Instrucción Médico Forense. A pesar de tener artículos anacrónicos, el código permanece en vigencia en el presente y rige las normas de experticia médico legal. El código abre sus regencias relacionando la medicina de las leyes jurídicas:

Artículo 1: Todo Médico-cirujano se considera adjunto al Juzgado de demarcación en que resida, y acudirá al llamamiento del Juez, a menos que motivo legítimos se lo impidan.

Contemporáneo con la creación del Hospital de Niños en 1893 y de la Cruz Roja en Venezuela el 30 de enero de 1895,6 el gobierno del general Joaquín Crespo inauguró la cátedra de Anatomía Patológica en la UCV. El evento acompañado por un decreto legal se creó el 31 de enero de 1895.

Siglo XX

Para el apoyo técnico de la práctica del perito se fundó el Instituto de Medicina Legal de Caracas el 22 de mayo de 1937, como dependencia del entonces Ministerio de Justicia creándose los servicios medico-forenses de la capital venezolana con un servicio de Medicatura Forense a la orden de los tribunales de justicia. El 24 de julio de 1940 se crean como parte de la ley de educación, las primeras especialidades médicas de Venezuela, incluyendo la medicina legal y la de los medico higienistas. Dos años después a partir de 1942 se fundan las Medicatura forenses de diferentes ciudades del país: La Guaira, Valencia (1943) y Maracaibo (1946). En 1948 ocurre formalmente la nacionalización de la justicia.

PTJ

En 1956, el consejo académico de la UCV promulgó un nuevo reglamento de la facultad de medicina y se creó el entonces Instituto de Medicina Legal de Venezuela, aun cuando no funcionó nunca. Wolfang Larrazábal, presidente provisional de la Junta de Gobierno Contralmirante, promulga el decreto Nº 38 el 15 de febrero de 1958 para la construcción del Palacio de Justicia y luego el 20 de febrero de ese año el decreto Nº 48 con Fuerza de Ley, para la creación de un “Cuerpo de Policía especializado para la investigación de los delitos de Acción Penal”, auxiliar del Ministerio de Justicia y llamado «Cuerpo Técnico de Policía Judicial».7 Esta institución absorbe funcional y administrativamente a la Medicatura Forense de la República. Anterior a ello, la investigación penal era dirigida por la policía civil de la Seguridad Nacional del recién derrocado General Marcos Pérez Jiménez, institución que históricamente no contó con una edificación adecuada ni un instituto académico para la formación científica de sus investigadores. Al crearse el Cuerpo Técnico de Policía Judicial, el instituto pasó a formar parte de la División General de Medicina Legal. En el resto del país, para 1960, cada estado ya tenía una unidad de Medicatura Forense, dependencia de la nueva Policía Técnica Judicial (PTJ).

Sociedad Venezolana de Medicina Forense

La Fundación de la Sociedad Venezolana de Medicina Forense se fundó el 6 de enero de 1964 y el primer instituto de medicina legal del país el 27 de mayo de 1967. En 1974 se escribe la Ley de Policía Judicial donde se relaciona a la Medicina Forense con otras especialidades médicas afines. Luego en 1977, Caracas fue sede de la única reunión que la Academia Internacional de Medicina Legal y Medicina Social, organización europea, ha celebrado en latinoamérica.8 Ese acontecimiento sirvió para fundar la Asociación Latinoamericana de Medicina Legal y Deontología Médica de Venezuela. En 1988 se reactiva la Sociedad Venezolana de Medicina Forense.

Coincidiendo con la fundación de la Sociedad Venezolana de Medicina Forense, el rector de la Universidad de Carabobo, Humberto Giugni creó en esa casa de estudios el Centro de Investigaciones Penales y Criminológicas de la Facultad de Derecho el 16 de febrero de 1964.9

Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas


Artículo principal: Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas

Después de la elección a la presidencia de la República de Venezuela de Hugo Chávez, la Constitución Nacional es reescrita y publicada el 30 de diciembre de 1999 como la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en la Gaceta Oficial N° 36.860.10 El artículo 332 del nuevo documento constitucional establece la disposición de crear el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (CICPC) que tomaría el lugar de la Policía Técnica Judicial, con la finalidad de «mantener y restablecer el orden público, proteger al ciudadano o ciudadana, hogares y familias, apoyar las decisiones de las autoridades competentes y asegurar el pacífico disfrute de las garantías y derechos constitucionales, de conformidad con la ley».10 En Venezuela, la CICPC es responsable de las investigaciones criminales, servicios forenses y otras áreas como tráfico de drogas.11

El fundamento del funcionamiento y organización de la nueva institución criminalística es la misma ley de la Policía Judicial, promulgada el 8 de julio de 1975. En mayo de 2001 la Dirección General del Cuerpo Técnico de Policía Judicial es reorganizada y renombrada como Dirección Nacional de Investigaciones Penales. Finalmente, la organización del CICPC fue promulgada en la Gaceta Oficial N° 5.551 del 9 de noviembre de 2001 y puesta en funcionamiento el 21 de noviembre de ese año por intermedio de la Comisión Organizadora del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas. Los estatutos que regulan el personal del CICPC fueron publicados en el 2004 Gaceta Oficial N° 37.923.12

EL MÉDICO LEGISTA

Para ser un experto en Medicina Legal o Médico Legista especializado, se deben conocer, además de todas las ramas de la medicina, todo lo concerniente a la jurisprudencia particularmente en lo que se refiere a los delitos contra las personas, todo lo que el Código penal, el Código Procedimiento Penal, el Código Civil y demás Leyes que tratan este tema, sociología, antropología, estadística, química, física, etc.

Por esta razón, es que cuando el experto es llamado por el juez para ser asesorado, el Médico Legista debe informar sin vaguedades ni teorías, porque no tienen puesto alguno dentro de la Medicina Forense. El criterio del perito debe estar basado en sus conocimientos sólidos de la Ciencia médica y las leyes.

LA MEDICINA Y EL DERECHO

La Medicina y el Derecho, íntimamente unidos, acompañan al ser humano antes de nacer, respecto de la madre y de la criatura que está en su vientre. Luego de protegerle por toda la vida, su muerte debe ser certificada por un facultativo.

De igual manera, la Ley establece y ampara los derechos de los que está por nacer, quien al separarse completamente de su madre, es persona, sujeto de obligaciones y derechos que al fin de sus días se transmiten a sus herederos.

Lo anterior no es un mero fruto de la casualidad, sino demuestra que ambas ciencias, la Medicina y el Derecho, tienen como objeto final de sus acciones al ser humano, en su total integridad.

Las reclamaciones por responsabilidades médicas han experimentado en los últimos años un incremento vertiginoso, y ello como consecuencia de múltiples factores, como: el desarrollo tecnológico de la medicina y las subespecialidades, la complejidad del ejercicio médico, él trabajo en equipo, la despersonalización de la atención asistencial con un evidente deterioro de las relaciones médico-paciente y el cambio de la mentalidad en la población por el gran acceso a la información, que cada vez se torna más exigente en la defensa, a veces desproporcionada de sus derechos.

El creciente aumento de las demandas por mala praxis, constituye una seria preocupación de los profesionales de la salud, interfiriendo en el libre ejercicio de su actividad. Es importante rescatar la relación médico- paciente, la correcta redacción de la historia clínica y del protocolo quirúrgico, así como la no-omisión del consentimiento informado.

En la época actual presenciamos, la fraternidad del derecho con la medicina, y esa fraternidad se ha traducido prácticamente en la creación de cursos de medicina forense en las facultades de derecho y de cursos de derecho penal y legislación del trabajo en algunas especialidades de la medicina.

El médico forense rebasa los conocimientos del médico común y tiene que penetrar forzosamente en el terreno jurídico, es decir, en las relaciones que las leyes pueden tener con la vida del individuo en sociedad. El facultativo forense es el médico de la justicia. Es un colaborador imprescindible.

Actualmente la medicina y el derecho marchan acompañando al hombre desde su estado embrionario hasta después de su muerte; es decir, desde antes de nacer hasta después de que ha desaparecido, prestándose auxilios mutuos, estudiando conjuntamente el modo de garantizar eficazmente los derechos individuales y sociales.

IMPORTANCIA DEL MÉDICO EN LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

La responsabilidad significa deuda obligación de reparar y satisfacer, por sí o por otro, a consecuencia de delito, de una culpa o de otra causa legal. Es cargo u obligación moral que resulta para uno del posible yerro en cosa o asunto determinado. Así lo define el diccionario de la lengua castellana.

La responsabilidad médica es, según Lacassagne, la obligación para los médicos de sufrir las consecuencias de ciertas faltas por ellos cometidas en el ejercicio de su arte; faltas que pueden comportar una doble acción: civil y penal.

El médico puede caer en responsabilidad penal o civil, o penal y civil. Es responsable penalmente si se trata de la comisión de un delito. Hay responsabilidad civil si ha causado daños físicos o perjuicios morales o económicos. En el primer caso, tendrá que sufrir la pena que la autoridad determine, y, en el segundo, debe pagar indemnización reparadora del daño hecho a la víctima. Es obvio que ambas situaciones se presentarán cuando el médico sea responsable penal y civilmente.

Las principales situaciones de responsabilidad penal por parte del médico son: cuando actúa como hombre, fuera de su profesión; si comete actos delictivos llevando al ejercicio profesional sus pasiones humanas; y cuando comete delitos tales que por su naturaleza únicamente como médico puede cometer. Aparte de esta categoría de actos delictuosos que tiene de común la intención, el dolo, existe otra categoría de hechos punibles, en los que con ausencia de intención, se presenta en cambio la imprudencia: la falta profesional.

Para destacar la importancia del médico en la administración de justicia, conviene hacer las siguientes reflexiones:

• El Derecho Penal perteneciente al Derecho Público, se relaciona con ciencias de carácter jurídico así como de otros órdenes.

Tiene estrecha vinculación con el Derecho Constitucional, que constituye la base y soporte de todos los ordenamientos jurídicos. También existe esa relación con el Derecho Administrativo, Procesal Penal, del Trabajo, Civil, Penal Internacional y Disciplinario. Igualmente, tiene nexos con la Filosofía del Derecho, la Teoría General del Derecho y la Política Criminal, observándose una más íntima unión con la Criminología y con las Ciencias Auxiliares, como consecuencia de la atención que se presta al delincuente en la lucha contra el delito.

Tal ha sido la preponderancia de la Criminología en el campo de las Ciencias Penales que llegó a pensar el distinguido penalista Jiménez de Asúa, que llegaría un momento en que se tragaría al Derecho Penal. Otros especialistas, han sido menos radicales al considerar que esta ciencia desempeña el papel de complementar al Derecho Penal, pues ambas disciplinas están unidas por la misma finalidad, cual es conocer y estudiar al delincuente. Así concluimos que el papel de la Criminología consiste en alimentar al Derecho Penal.

Existen otras ciencias que se hermanan con el derecho penal para servirlo. Tales son las llamadas "Ciencias Auxiliares": la Psicología Judicial, la Psiquiatría Forense o Médico Legal, la Medicina Legal, la Criminalística, la Policía Científica y la Estadística Criminal.

Varias de las ciencias antes enumeradas sirven al derecho penal para resolver los problemas que origina el fenómeno delincuencial. Esto se hace más notorio si consideramos el valioso papel que desempeñan en el campo de la prevención general y especial del delito.

En la Averiguación Previa la contribución del médico es obligatoria e indispensable. Así cuando se determina que no se practique la autopsia y cuando se procede a la comprobación del cuerpo del delito de homicidio. Igualmente, su intervención se requiere para los casos de los delitos de lesiones, de aborto y en múltiples casos más.

Siendo la medicina legal una ciencia al servicio del Derecho Penal, es indudable la inmensa ayuda que proporciona para la solución de innúmeros problemas que se plantean en la administración de justicia.

En el proceso, independientemente de las intervenciones que se requieren del médico, podríamos mencionar, la delicada misión que le corresponde al psiquiatra forense al determinar el estado de inimputabilidad de un individuo en sus diversas hipótesis: de falta de desarrollo mental, de retraso mental, de falta de salud mental o de trastorno mental transitorio. En esta situación el dictamen que el psiquiatra forense emita sirve para que el juzgador pueda determinar si el sujeto es imputable o no lo es. Es decir, si hay o no existencia de un delito.

Pero la administración de justicia necesita más de él, puesto que su papel es decisivo en la ejecución de las medidas de seguridad y su contribución resulta obligada en el tratamiento de inimputables e internamiento en libertad.


...@EL REY@...



4 comentarios:

Anónimo dijo...

dating in internet ireland site [url=http://freeinternetdating.info/love/suite-on-greek-love-songs]suite on greek love songs[/url] amy adams dating
sex dating personals kansas http://freeinternetdating.info/meet/meet-and-fuck-story-games flriting dating single site
scotland brides dating [url=http://freeinternetdating.info/romantic/romantic-canopy-netting-for-beds]who is alicia dating[/url] danske gratis dating venner

Anónimo dijo...

best disk sync software http://downloadoemsoftware.co.uk/es/category-13/Programas-de-m-sica?page=4 action replay software [url=http://downloadoemsoftware.co.uk/product-35269/4Media-Video-to-DVD-Converter-6-2-MacOSX]surecount software download[/url] math wiz palm software
[url=http://downloadoemsoftware.co.uk/fr/category-4/Extensions-de-logiciel]Extensions de logiciel - Cheap Legal OEM Software, Software Sale, Download OEM[/url] best software price
[url=http://downloadoemsoftware.co.uk/de/product-37372/Absolute-Uninstaller-Pro-5-0-Portable][img]http://buyoem.co.uk/image/2.gif[/img][/url]

Anónimo dijo...

jensen ackles is dating danneel harris http://loveepicentre.com christian dating wisdom
dating france asian dating [url=http://loveepicentre.com/articles/]swedish dating vasteras[/url] teen dating rochester
100 totally free online dating services [url=http://loveepicentre.com/testimonials/]whats in a name for dating[/url] who is austin nichols dating [url=http://loveepicentre.com/user/Micky/]Micky[/url] who is alison krauss dating

Anónimo dijo...

Hola, disculpa cual es la bibliografía de toda esta información.?